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Centros de Alumnos y Directivas de curso: Las reglas del Juego


¿Te has preguntado cómo se organizan los y las estudiantes? O ¿Qué cargo podrían tener desde un colegio o liceo?A continuación, te daremos información sencilla pero relevante que deberías tener en cuenta.

Primero que todo, ¿Qué es un Centro de Alumnos?

Según el Ministerio de Educación Pública (2006) un Centro de alumnos (y centro de alumnas) es la organización de estudiantes del segundo ciclo de enseñanza básica y enseñanza media de un establecimiento educacional. Pero ¿Cada establecimiento debería tener un Centro de alumnos y/o alumnas? Pues sí, ya que de acuerdo al Decreto 524, Artículo 1° cada alumno/a tiene derecho a organizarse, asociarse entre ellos/as y participar dentro de la comunidad educativa. (Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, s.f.).

Entonces… ¿Cuáles son las reglas?

Un Centro de alumnos/as tiene que cumplir con las siguientes funciones:

  1. Promover, incentivar y facilitar la participación democrática de los/as demás estudiantes.

  2. Promover la dedicación del trabajo escolar y fortalecer un amigable y respetuoso ambiente educativo.

  3. Orientar las actividades hacia las finalidades del centro de alumno/a, según lo especifique el Reglamento Interno.

  4. Presentar los malestares, inquietudes y requerimientos de los/as alumnos/as ante las autoridades educacionales.

  5. Procurar el bienestar común de los/as alumnos/as.

  6. Promover los derechos estudiantiles y humanos en sus actividades y acciones.

  7. Designar a los/as representantes de la comunidad educativa.

Sin embargo, el Centro de alumnos y/o alumnas no es el único organismo que permite a los/as estudiantes ser parte de las decisiones del colegio o liceo, sino que también existen otros subgrupos donde cada estudiante puede opinar y participar. Es decir, para que un centro de alumnos/as funcione debe organizarse, según el Mineduc (1990), desde los siguientes organismos:

  1. Asamblea General: Constituida por todos los/as alumnos/as del establecimiento del segundo ciclo de enseñanza básica y enseñanza media. Cumple la función de convocar y elegir a la directiva y a la junta electoral; dar la aprobación del reglamento interno y a su vez, señalar materia relevante de este.

  2. Directiva (del colegio): Constituido por al menos por un/a presidente/a, vicepresidente/a, secretario/a ejecutivo/a, secretario/a de finanzas y un/a secretario/a de actas.Tiene como función dirigir, administrar, ejecutar y representar el plan de trabajo Anual del centro de alumnos/as, como también, convocar a reunión extra y ordinaria al consejo de delegados/as.

  3. Consejo de Delegados/as del curso: Constituido por dos o tres delegados/as de cada curso. Lo preside el/la presidente/a de curso. Sus funciones son: elaborar el reglamento interno, el plan de trabajo y su respectivo presupuesto, a su vez, informar y estudiar iniciativas y propuestas de cursos y tomar y decidir medidas disciplinares respecto a los miembros del centro.

  4. Consejo de Curso [2]: Constituido por alumnos/as del curso escogido por cada curso.Tiene como función elegir la directiva y participar en los planes de trabajo del centro de alumnos/as.

  5. Junta Electoral: Constituido por tres miembros (no pueden ser parte de la directiva, consejo de delegados/as de curso o de las comisiones). Su función es organizar, vigilar y calificar los procesos de elección del centro de alumnos/as.

Ahora que ya conoces las Reglas del Juego ¿Qué esperas para jugar?

 

[1] Los documentos correspondientes al Ministerio de Educación establecen el termino “Centro de alumnos” como nombre oficial de dicha organización estudiantil. Sin embargo, hemos querido integrar el término “Centro de alumnas” considerando que existen colegios, liceos femeninos y/o Centros de alumnas compuestas por el género femenino, lo cual trasciende el género y la organización como único del género masculino.

[2] Según el Ministerio de Educación, el término correcto es Consejo de Curso, pero es necesario aclarar que en muchos establecimientos educacionales se denomina a esta misma organización como Directiva de Curso. No obstante, se mantendrá el término denominado por el Ministerio para no generar confusiones en la lectura y explicación de la estructura de los organismos.

 

Biblioteca del Congreso Nacional de Chile. (s.f.). Marco normativo de las organizaciones estudiantiles en el ámbito de la Eduación Escolar. Obtenido de BCN Informe: https://www.bcn.cl/obtienearchivo?id=repositorio/10221/20679/5/BCN_Centros%20de%20Alumnos_Final_v6.pdf

Ministerio de Educación Pública. (21 de 06 de 2006). Aprueba reglamento general de organización y funcionamiento de los estudiantes de los establecimientos educacionales segundo ciclo de enseñanza básica y media, reconocidos oficialmente por el Ministerio de Educación. Obtenido de Biblioteca Del Congreso Nacional: https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=13994

Mineduc. (20 de Abril de 1990). Reglamento General de organización y funcionamiento de los Centros de Alumnos de los Establecimientos Educacionales de Educación Media, reconocidos oficialmente por el Ministerio de Educación. Obtenido de Mineduc: http://wwwfs.mineduc.cl/Archivos/infoescuelas/documentos/12891/PARCDANORCeal%20Normativa.PDF


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